SII - Oficio N°156 (16-01-1995)
Oficio N°156 (16-01-1995) del SII
Abstracto
El SII determina que la venta de una planta frigorífica recibida en dación en pago por un banco no está afecta a IVA, al tratarse de una universalidad que no comprende bienes corporales muebles del giro del banco, confirmando que no procede emitir factura.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 156, del 16.01.95, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una institución bancaria consulta al SII sobre la aplicación del IVA en la venta de una planta frigorífica y de embalaje de fruta de exportación que recibió en dación en pago el 31 de enero de 1991 de una empresa deudora. La planta se vendió posteriormente, el 20 de noviembre del mismo año.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la venta de la planta frigorífica está gravada con IVA y si corresponde emitir factura por dicha operación.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El banco considera que la venta no está gravada con IVA porque no comprende bienes muebles del giro del banco. Tampoco considera aplicable el Oficio N° 4369 de 1982 sobre habitualidad en la venta de bienes recibidos en dación en pago.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el artículo 8, letra f), del DL N° 825, que define como hecho gravado especial la venta de establecimientos de comercio y otras universalidades que comprendan bienes corporales muebles de su giro.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en que la ve...
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