SII - Oficio N°2183 (24-07-1995)

Oficio N°2183 (24-07-1995) del SII

Abstracto

El SII reconsidera su criterio anterior y clasifica la actividad de piscicultura en el artículo 20 N° 5 de la LIR, al no considerarla extractiva según la Ley General de Pesca y Acuicultura, ni agrícola según el Reglamento de Contabilidad Agrícola.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 602183 del 24 de julio de 1995, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) al Director Regional de Coyhaique. Materia: Clasificación de la actividad de la piscicultura para los fines de la Ley de la Renta. SN ANT. Memorándum s/f, de 22.06.95. 92,95 I.D. 305.95 S.N.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Director Regional de Coyhaique remite presentación del contribuyente Sr. Alejandro Ossa A., quien solicita revisión del criterio del SII respecto a la clasificación de la actividad de piscicultura.

• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita reconsiderar la clasificación de la actividad de piscicultura a la luz de la Ley N° 18.892 (Ley General de Pesca y Acuicultura).

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El recurrente basa su argumentación en las nuevas definiciones sobre 'acuicultura' contenidas en la Ley de Pesca (Ley N° 18.892).

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Oficio N° 588, de 19 de febrero de 1987, del SII. Artículo 1° del Decreto Supremo N° 175 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 20 de mayo de 1980. Ley N° 18.892 sobre Ley General de Pesca y Acuicultura. D. Supremo N° 430 de la Subs...

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