SII - Oficio N°3476 (21-11-1995)
Oficio N°3476 (21-11-1995) del SII
Abstracto
El SII determina que los premios del concurso "Ideas para la Revitalización del Barrio Cívico" no cumplen los requisitos copulativos del Art. 17 N°23 de la LIR, por lo que están afectos a Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario o Adicional.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.476, del 21.11.95, de la Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio de Obras Públicas (MOP) solicita al SII un pronunciamiento sobre si los premios del concurso "Ideas para la Revitalización del Barrio Cívico" se benefician de la exención del N° 23 del Art. 17 de la Ley de la Renta (LIR).
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la exención del N° 23 del Art. 17 de la LIR a los ganadores del concurso "Ideas para la Revitalización del Barrio Cívico"?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Art. 17 N° 23, Art. 20 N° 5, Art. 54 y siguientes, Art. 69 N° 3, Art. 74 N° 4, Art. 75 y Art. 79 de la LIR; y los Decretos Supremos N° 294 y 48 del MOP.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que para que los premios estén exentos de impuestos según el Art. 17 N° 23 de la LIR, deben cumplir tres requisitos copulativos: (a) ser otorgados por las instituciones o personas que señala la norma; (b) ser premios establecidos de modo permanente en beneficio de estudios, investigaciones y creaciones de ciencia o de arte; y (c) que los ben...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.