SII - Oficio N°1561 (28-05-1996)
Oficio N°1561 (28-05-1996) del SII
Abstracto
El SII dictamina que las instituciones de educación superior de las Fuerzas Armadas y de Orden no cumplen los requisitos del artículo 69 de la Ley N° 18.681 para recibir donaciones con beneficios tributarios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 61 del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido el 28 de mayo de 1996.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Contraloría General de la República solicita al SII un informe sobre si las instituciones de educación superior de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile y Dirección General de Aeronáutica Civil pueden recibir donaciones con beneficios tributarios según el artículo 69 de la Ley N° 18.681.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si las instituciones de educación superior de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile y Dirección General de Aeronáutica Civil se consideran entidades que pueden recibir donaciones con los beneficios tributarios establecidos en el artículo 69 de la Ley N° 18.681.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El Comité de Auditores Generales de las Fuerzas Armadas y de Orden argumenta que la expresión "Instituciones de Educación Superior" en el inciso sexto del artículo 69 de la Ley N° 18.681, sin limitar su alcance, indica la intención del legislador de extender el beneficio a instituciones similares a universidades e institutos profesionales.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: * Oficios N°s. 35.951 y 16.547, ...
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