SII - Oficio N°1843 (26-06-1996)
Oficio N°1843 (26-06-1996) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de la diferencia entre el precio de adquisición de acciones de una S.A. absorbida y el valor libro de sus activos, indicando que esta diferencia debe asignarse a los activos no monetarios, afectando su tratamiento tributario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1843, del 26 de junio de 1996, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Situación tributaria de la diferencia entre el precio de adquisición de acciones de una S.A. y el valor libro de los activos y pasivos de la sociedad absorbida.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Tres empresas sin domicilio ni residencia en Chile adquirieron acciones de una sociedad anónima cerrada ("A") por US$ 194 millones. Posteriormente, aportaron estas acciones a otra sociedad anónima cerrada ("B") de giro minero, para un aumento de capital, disolviéndose la sociedad "A" por fusión por incorporación. El valor contable y tributario de la sociedad "A" era inferior al monto del aporte, resultando una diferencia de US$ 185 millones. Los activos de la sociedad "A" consistían principalmente en cuentas por cobrar a "B", inversión en acciones de "B", activos fijos netos (participación en un joint venture), gastos de proyecto (participación en joint venture), derechos en líneas telefónicas y pagos provisionales mensuales.
• Consultas específicas planteadas al SII: El consultante pregunta cómo debe tratarse tributariamente la diferencia producida entre el valor de adquisición de las acciones de la sociedad absorbida y el valor libro de los activos t...
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