SII - Oficio N°1929 (08-07-1996)
Oficio N°1929 (08-07-1996) del SII
Abstracto
El SII determina que los servicios de producción y desarrollo de eventos (ferias, seminarios, congresos) prestados en Chile por una empresa local a una institución extranjera (sin sede en Chile) no están gravados con IVA, sino con los impuestos de la Ley de la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 1.929, de 08.07.96, emitido por la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una empresa chilena dedicada a la producción y desarrollo de eventos (ferias, seminarios, congresos) ha sido seleccionada para producir CANADAEXPO '96, organizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio Internacional de Canadá. La consulta se realiza a solicitud del cliente extranjero, quien plantea dudas sobre la aplicación del IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Debe la empresa chilena facturar con o sin IVA a empresas extranjeras sin sede ni RUT en Chile por la prestación de servicios de producción de eventos? La consulta se extiende a servicios profesionales prestados a empresas extranjeras que participan en ferias internacionales en Chile.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El cliente extranjero asume que, al no tener sede en Chile, no estaría afecto al pago del IVA por los servicios recibidos.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 2 N° 2 del DL N° 825, de 1974 (Ley del IVA).
- Artículo 5 del DL N° 825, de 1974 (Ley del IVA).
- Artículo 20 N° 3, N° 4 y N° ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.