SII - Oficio N°1939 (09-07-1996)
Oficio N°1939 (09-07-1996) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) para créditos externos del Banco del Estado destinados a financiar exportaciones, requiriendo la demostración de su uso exclusivo en créditos internos conforme a las normas del Banco Central.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.939, de 09.07.96, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento Impuestos Indirectos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Banco del Estado de Chile consulta sobre la devolución del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) pagado por documentos que respaldan un crédito de dinero obtenido en el exterior, destinado exclusivamente a otorgar créditos internos para financiar exportaciones.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si para la exención del ITE basta que los documentos acrediten créditos externos obtenidos por bancos para financiar exportaciones, o si se requiere demostrar su destino específico al financiamiento de exportaciones, o incluso la comprobación de que las exportaciones se realizaron.
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Artículo 1, N° 3, del Decreto Ley N° 3.475, de 1980, y el Artículo 24, N° 11, del mismo cuerpo legal. Se alude al Capítulo VI del Título II del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La exención del ITE, según el Artículo 24, N° 11 del Decreto Ley N° 3.475, está condi...
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