SII - Oficio N°2072 (24-07-1996)
Oficio N°2072 (24-07-1996) del SII
Abstracto
El SII establece que la venta de vehículos adquiridos por leasing, cuyo giro es el arrendamiento, está afecta a IVA si se venden antes de 12 meses desde la opción de compra, no aplicándose el impuesto del Art. 41 del DL 825.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.072, de 24.07.96, del Subdirector Normativo, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la venta de vehículos adquiridos por leasing y arrendados.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la aplicación del Art. 8, letra m) del DL 825, a la venta de vehículos adquiridos mediante leasing por una empresa cuyo giro es el arrendamiento, si los enajena antes de doce meses desde su adquisición (entiéndase, desde que se ejerció la opción de compra). Adicionalmente, se consulta sobre la situación tributaria de la venta de estos vehículos frente al impuesto del Art. 41 del DL 825 en caso de configurarse el hecho gravado especial del Art. 8, letra m).
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable el Art. 8, letra m) del DL 825 a la venta de vehículos adquiridos mediante leasing por una empresa de arrendamiento, si los enajena antes de doce meses desde su adquisición (ejercicio de la opción de compra)? ¿Cuál es la situación tributaria de la venta de estos vehículos frente al impuesto del Art. 41 del DL 825 si se configura el hecho gravado del Art. 8, letra m)?
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• D...
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