SII - Oficio N°2281 (16-08-1996)
Oficio N°2281 (16-08-1996) del SII
Abstracto
El SII ratifica que las remesas por servicios de emisión de señal satelital desde el extranjero para difusión en Chile están gravadas con Impuesto Adicional (35%), conforme al Art. 59 N°2 de la LIR, confirmando el Oficio N° 1.197 de 1993.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.281, de 16.08.96, de la Subdirección Normativa del SII, Departamento de Impuestos Directos. Confirma el Oficio N° 1.197, de 02.04.93. Materia: Impuesto Adicional a la Renta, Art. 59, inciso cuarto, N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Empresa extranjera sin domicilio ni residencia en Chile. Suministro de programas de televisión elaborados y seleccionados por ella misma. Servicios de emisión de señal de satélite efectuados en el exterior. Recepción y difusión en Chile por empresa nacional difusora de televisión por cable. Remesas al extranjero. Tasa de 35%. Retención, declaración y pago del tributo.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa nacional difusora de televisión por cable efectúa remesas a una empresa extranjera sin domicilio ni residencia en Chile por servicios de emisión de señal de satélite realizados en el extranjero, consistentes en el suministro de programas de televisión elaborados y seleccionados por la empresa extranjera. Se solicita reconsideración del Oficio N° 1.197, de 02.04.93.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es aplicable la tasa de 20% del inciso segundo del Art. 59 de la LIR a las remesas efectuadas por servicios de emisión de señal de satélite realizados en el extranjero?
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