SII - Oficio N°2297 (19-08-1996)
Oficio N°2297 (19-08-1996) del SII
Abstracto
El SII deniega calificar como gasto necesario para la renta los desembolsos por mantención y depreciación de un radiopatrulla entregado en comodato a Carabineros, al no estar destinado al giro de la empresa y no generar contraprestación directa.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.297, de 19.08.96, de la Subdirección Normativa, Departamento Impuestos Directos, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere al Artículo 31, inciso primero, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa de servicios consulta al SII si los desembolsos en que incurre por la mantención, funcionamiento y depreciación de un radiopatrulla entregado en comodato a Carabineros de Chile pueden ser calificados como gastos necesarios para producir la renta, considerando que Carabineros utiliza el vehículo para patrullajes en una comuna.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Pueden los desembolsos por la mantención, funcionamiento y depreciación del radiopatrulla entregado en comodato a Carabineros ser calificados como gastos necesarios para producir la renta para la empresa?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el texto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Artículo 31, inciso primero, de la LIR y se mencionan los Artículos 21 y 33 N°1 letra f) de la misma ley.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII señala que los desembolsos por el radiopatrulla se comprenden en la p...
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