SII - Oficio N°2800 (08-10-1996)
Oficio N°2800 (08-10-1996) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de seguros de vida dotales contratados por una empresa a nombre de sus trabajadores clave. La indemnización y retiros no son renta, pero las primas no son gasto deducible y se gravan según el Art. 21 LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2225, del 8 de octubre de 1996. Materia: Situación tributaria de los seguros de vida dotales contratados por una empresa en su favor y tomados a nombre de sus trabajadores. Destinatario: Sr. Anthony Cook, Socio Abogado de Deloitte & Touche. ANT: Presentación de 27.08.95. ORD. N2 / -.50.3.96 S.D. 435.96 S.N. MAT. 142.96 I.D.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre el tratamiento tributario de seguros de vida dotales contratados por una empresa en beneficio propio, pero tomados a nombre de sus ejecutivos clave. La empresa argumenta que la muerte de un ejecutivo clave generaría gastos financieros significativos.
• Consultas específicas planteadas al SII: a) Si la indemnización percibida por la compañía por la muerte del ejecutivo, es un ingreso no constitutivo de renta para ella. b) Si los retiros de capital e intereses por parte de la sociedad contratante durante la vigencia del contrato o cumplido el plazo establecido, son también ingresos no constitutivos de renta para ella. c) Si las primas de seguros pagadas o adeudadas por la compañía contratante, deben agregarse a la renta líquida de Primera Categoría y rebajarse de las sumas percibidas de la Compañía de Seguros. d) Si las primas no constituy...
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