SII - Oficio N°475 (28-02-1997)
Oficio N°475 (28-02-1997) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 475 de 1997, dictamina que no procede el uso de crédito fiscal IVA por la construcción de locales entregados en comodato gratuito a accionistas, al no constituir un hecho gravado con IVA.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 475, del 28/02/1997, del Departamento de Impuestos Indirectos, Subdirección Normativa del SII. Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA), específicamente la utilización como crédito fiscal del IVA soportado en la construcción de locales entregados en comodato a accionistas. Artículos 2 N°2 y 23 del DL 825.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente del IVA construyó 88 locales que entregó en comodato gratuito y por tiempo indefinido a sus accionistas. El contribuyente realiza otras operaciones gravadas con IVA, consistentes en el arrendamiento de bienes inmuebles a terceros para la venta de sus productos.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Procede que el contribuyente utilice como crédito fiscal el IVA soportado en la construcción de los locales entregados en comodato gratuito a sus accionistas?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Artículo 8 del DL N° 825 (Ley del IVA), el Artículo 2 N° 2 del DL N° 825 (definición de servicio), el Artículo 23 del DL N° 825 (normas sobre crédito fiscal), y el Artículo 2174 del Código Civil (definición de comodato).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en...
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