SII - Oficio N°1329 (20-06-1997)
Oficio N°1329 (20-06-1997) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio 1329 de 1997, aclara que los servicios de consultoría (estudios y asesorías técnicas) realizados por empresas de la Primera Categoría no están afectos a IVA, mientras que otros servicios financiados con fondos de asistencia técnica sí lo están si cumplen los requisitos del art. 2º Nº 2 del DL 825.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1329, de 20 de junio de 1997, del Director del Servicio de Impuestos Internos. Destinatario: Director Ejecutivo del Centro de Productividad Integral S.A. Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Fondos de Asistencia Técnica (FAT) operados por agentes intermediarios de CORFO. Se consulta sobre la exención de IVA para servicios financiados con FAT.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Director Ejecutivo del Centro de Productividad Integral S.A., en su calidad de Agente Operador de Fondos de Asistencia Técnica de CORFO, consulta si las prestaciones de servicios realizadas por empresas consultoras, financiadas con FAT operados por los Agentes Operadores, están afectas a IVA. Se indica que anteriormente los FAT se operaban a través de consultores independientes o sociedades de profesionales no afectas a IVA, pero ahora hay interés de empresas afectas a IVA.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Las prestaciones de servicios que realicen empresas consultoras y que se financien con los fondos de Asistencia Técnica operados por los Agentes Operadores están afectos al impuesto al valor agregado?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que la operatoria anterior de los Fondos de Asistencia...
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