SII - Oficio N°522 (13-02-1998)
Oficio N°522 (13-02-1998) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 0522 de 1998, establece que el mayor valor en la enajenación de bienes raíces no constituye renta, salvo que formen parte del activo de empresas con renta efectiva o exista habitualidad en la enajenación. Aclara tributación según renta presunta o efectiva.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 0522, del 13.02.1998, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos. Director Subrogante: Benjamín Schütz García. Materia: Impuesto a la Renta, Artículos 17 N° 8, letra b) y 20 N° 1. Bienes raíces no agrícolas. Renta igual o inferior al 11% del avalúo fiscal. Enajenación de bienes raíces. Mayor valor. Renta presunta. Renta efectiva. Activo contable. Habitualidad.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La sociedad "XX" es propietaria de bienes raíces urbanos que generan una renta inferior al 11% del avalúo fiscal. Se está efectuando una división de la sociedad, creando una nueva sociedad donde se radicarán los bienes raíces.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita ratificar si la nueva sociedad, cuyos ingresos sean inferiores al 11% del avalúo fiscal, estará sujeta a renta presunta y si la eventual enajenación posterior de los bienes raíces no estará afecta a tributación según el artículo 17 N° 8, letra b), de la Ley de la Renta.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La consulta se basa en la interpretación de que, al generarse rentas inferiores al 11% del avalúo fiscal, la nueva sociedad estaría sujeta a renta presunta y la enajenación posterior no es...
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