SII - Oficio N°545 (16-02-1998)
Oficio N°545 (16-02-1998) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 0545 de 1998, permite el reembolso del remanente de crédito fiscal IVA acumulado en la compra de automóviles para arriendo, considerando la nueva letra m) del Art. 8° del DL 825, que grava con IVA la venta de bienes muebles antes de 12 meses desde su adquisición.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 0545, del 16.02.1998, emitido por la Dirección del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre la procedencia de acceder a la solicitud de una sociedad de arrendamiento de automóviles para obtener el reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal IVA soportado en la adquisición de vehículos motorizados, conforme al artículo 27° bis del D.L. N° 825, de 1974.
• Consultas específicas planteadas al SII Si procede el reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal IVA para una empresa de arrendamiento de automóviles, considerando la frecuente renovación de su flota y la interpretación del concepto de activo fijo.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) Se menciona un pronunciamiento previo del SII (año 1994) que negaba el reembolso, argumentando que los automóviles no calificaban como activo fijo debido a su frecuente renovación y la falta de permanencia suficiente para generar débito fiscal correlativo al remanente acumulado.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 8°, letra m) del D.L. N° 825, de 1974.
- Artículo 27° bis del D.L. N° 825, de 1974.
- Circular N° 41, de 1995.
• Fundamentos clave del pronunciamiento ...
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