SII - Oficio N°2067 (04-08-1998)

Oficio N°2067 (04-08-1998) del SII

Abstracto

El SII determina que el crédito directo otorgado por una sociedad anónima cerrada a su accionista persona natural por la venta de un inmueble está afecto al impuesto único del 35% según el artículo 21 de la LIR.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.067, del 04.08.1998, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos. Se refiere al tratamiento tributario de los préstamos que efectúan las sociedades anónimas cerradas a sus accionistas personas naturales, específicamente en el contexto de la enajenación de un bien inmueble. Art. 21 de la LIR. Circular N° 37, de 1995. Ley N° 19.398.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente, accionista de una sociedad anónima cerrada con facultades de administración, consulta sobre el tratamiento tributario de la venta de un inmueble de la sociedad a un accionista persona natural. El accionista financiará la compra con un pago al contado y un crédito directo otorgado por la sociedad anónima cerrada.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está afecta al impuesto único del 35% del artículo 21 de la Ley de la Renta el crédito directo otorgado por la sociedad anónima cerrada a su accionista persona natural para la compra del inmueble, considerando que no existe un desembolso efectivo de dinero y que se trata de una operación comercial?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente argumenta que la operación estaría al margen del impuesto único del artículo...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora