SII - Oficio N°2354 (07-09-1998)
Oficio N°2354 (07-09-1998) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre los requisitos para que una corporación sin fines de lucro sea calificada como donataria hábil según el artículo 46 del D.L. N° 3.063, permitiendo a sus donantes rebajar impuestos. Enfatiza el cumplimiento de requisitos legales y certificación municipal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2411 del Servicio de Impuestos Internos (SII), con fecha 7 de septiembre de 1998. Materia: Requisitos para acogerse a beneficios tributarios por donaciones según el artículo 46 del D.L. N° 3.063, de 1979, en concordancia con el D.F.L. N° 1, de 1986. Dirigido al Sr. Helmut Jaeger Lunecke, Presidente de la Corporación 'Salvemosle el Corazón al Niño'.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Corporación 'Salvemosle el Corazón al Niño', institución de beneficencia con personalidad jurídica (Decreto Supremo N° 625, de 1968), busca un pronunciamiento del SII para acogerse a la Ley de Donaciones y recibir donaciones de empresas privadas para atender niños de escasos recursos con cardiopatías congénitas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmación de si la Corporación puede acogerse a la Ley de Donaciones para recibir donaciones de instituciones o empresas privadas.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Corporación necesita un pronunciamiento favorable para seguir creciendo, disminuyendo listas de espera y cumpliendo sus objetivos.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículo 31 N° 7 de la Ley de la Renta; artículo 46 del D.L. N° 3.063, de 1979; artículo 82 de...
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