SII - Oficio N°147 (21-01-1999)

Oficio N°147 (21-01-1999) del SII

Abstracto

El SII responde sobre el monto máximo de depósitos convenidos por el empleador para financiar la pensión de vejez anticipada del empleado, remitiéndose al Oficio N° 3007 de 1996, que aborda la materia.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1 de 21 de enero de 1999, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido a Sr. Mauricio Vera A., sobre la situación tributaria de los Depósitos Convenidos con los empleadores.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante solicita información sobre el monto máximo de los Depósitos Convenidos que el empleador deposita en la cuenta de capitalización del empleado para financiar una pensión de vejez anticipada o futura pensión. Indica que diversas AFP señalan que este monto debe sujetarse a los criterios definidos por el SII.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el monto máximo de los Depósitos Convenidos que el empleador puede depositar en la cuenta de capitalización del empleado para financiar una pensión de vejez anticipada o futura pensión?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante señala que las AFP han indicado que el monto de los depósitos convenidos debe sujetarse a los criterios definidos por el SII.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Oficio N° 3007, de fecha 25 de octubre de 1996, del SII.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que ya se ha pronunciado sobre la materia consul...

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