SII - Oficio N°70 (12-01-1999)
Oficio N°70 (12-01-1999) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 70 de 1999, establece que los cobros por gastos de mantención de áreas verdes, jardines y accesos en cementerios constituyen un suministro de servicios gravado con IVA, conforme al Art. 2° N° 2 del DL 825.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 70, del 12 de enero de 1999, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) al Director Regional Metropolitano Santiago Centro. Materia: IVA en los gastos de mantención que cobran los cementerios.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Director Regional Metropolitano Santiago Centro consulta sobre la procedencia del cobro de IVA en los gastos de mantención de áreas verdes, jardines y accesos que cobran los cementerios. Se indica que estos gastos se cobran comúnmente como una cuota anual (1 o 2 UF perpetuas) o un pago único anticipado (15 UF).
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es procedente el cobro de IVA en los gastos de mantención de áreas verdes, jardines y accesos que cobran los cementerios?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen argumentos del consultante, solo se describe la consulta recibida en la Dirección Regional.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 8° del D.L. N° 825, de 1974 (Ley del IVA), el artículo 2° N° 2 del mismo decreto ley (definición de servicios), el artículo 20 N° 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (rentas del comercio) y el artículo 3 N° 7 del Código de Comercio (actos de comercio, empresas d...
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