SII - Oficio N°548 (09-03-1999)
Oficio N°548 (09-03-1999) del SII
Abstracto
El SII establece que el valor de adquisición de acciones provenientes de la transformación de una sociedad de responsabilidad limitada a anónima, incluyendo utilidades reinvertidas según el Art. 14 A) N°1 c) de la LIR, corresponde al costo tributario de los derechos sociales en la sociedad original.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 7 del 9 de marzo de 1999, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido al Sr. Marcos Arteaga LL.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes La Sociedad Inmobiliaria Algarrobo S.A. se constituyó originalmente como sociedad de responsabilidad limitada y luego se transformó en sociedad anónima. El capital de la sociedad anónima incluye aportes para futuros aumentos de capital provenientes de retiros de utilidades de otras sociedades con renta efectiva según contabilidad completa, acogidos al artículo 14, letra A) N° 1, c) de la Ley de la Renta (LIR).
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Es aplicable al caso la interpretación del Oficio N° 997 de 10 de abril de 1995, en el sentido de que el valor de las acciones de la sociedad anónima es el que se les atribuyó en el acto de transformación, incluyendo los aportes efectuados por los socios que se capitalizan en dicho acto?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante argumenta que debe aplicarse igual tratamiento tributario a la capitalización de utilidades generadas por la sociedad que se transforma y a la capitalización de aportes recibidos por esa misma sociedad provenientes de utilidades generadas en otras sociedades, ya que en ambo...
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