SII - Oficio N°3117 (11-08-1999)
Oficio N°3117 (11-08-1999) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 3.117 de 1999, establece que una vivienda transferida entre inmobiliarias mantiene su calidad de "nueva" para efectos de la Ley N° 19.622, permitiendo al primer usuario persona natural acceder a los beneficios tributarios correspondientes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.117, de 11 de agosto de 1999, del Director del Servicio de Impuestos Internos. Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos. Materia: Ley N° 19.622 sobre beneficios tributarios por adquisición de viviendas nuevas acogidas al D.F.L. N° 2.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre el alcance del concepto de "vivienda nueva" según la Ley N° 19.622, específicamente en casos de departamentos nuevos transferidos entre sociedades inmobiliarias y luego vendidos a personas naturales.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Los adquirentes personas naturales de departamentos nuevos transferidos entre sociedades inmobiliarias pueden acceder a los beneficios de la Ley N° 19.622?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que, dado que las viviendas se adquieren por primera vez para ser usadas por personas naturales, los adquirentes deberían gozar de los beneficios de la Ley N° 19.622.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 1° de la Ley N° 19.622, específicamente su inciso segundo, publicado en el Diario Oficial el 29 de julio de 1999, que define "vivienda nueva".
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa e...
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