SII - Resolución N°5777 (30-08-1999)
Resolución N°5777 (30-08-1999) del SII
Abstracto
La Resolución N° 5777 del SII, de agosto de 1999, establece el cambio de sujeto total del IVA en las ventas de chatarra durante el período especificado, designando al adquirente como responsable del impuesto bajo ciertas condiciones y definiendo el tratamiento del crédito fiscal para los vendedores.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución N° 5777, de fecha 30 de agosto de 1999, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Publicada en extracto en el Diario Oficial. Su vigencia comprende el período entre el 1° de septiembre de 1999 y el 31 de agosto de 2000.
• Contexto normativo y competencia del SII: La resolución se basa en los artículos 6, letra A, N° 1 y 88 del Código Tributario, los artículos 2 y 3 del D.L. 825 de 1974 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios), y el artículo 69 del D.S. N° 55 de Hacienda de 1977 (Reglamento del D.L. 825). El SII está facultado para determinar el sujeto pasivo del IVA en las ventas de chatarra.
• Antecedentes administrativos relevantes: El SII busca cautelar los intereses fiscales mediante el cambio de sujeto del IVA en las ventas de chatarra.
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución dispone el cambio de sujeto total del IVA en las ventas de chatarra, trasladando la obligación tributaria del vendedor al adquirente en determinados casos, con el fin de fortalecer la recaudación y fiscalización del impuesto.
• Contenido principal e instrucciones impartidas: La resolución define "chatarra de cualquier naturaleza". Se establece que los adquirentes que hayan comprado 150 millones de pesos anuales o más en chatarra entre ...
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