SII - Oficio N°381 (01-02-2000)
Oficio N°381 (01-02-2000) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 381 de 2000, se pronuncia sobre la tributación del mayor valor obtenido en la enajenación de acciones, diferenciando según habitualidad, plazo entre compra y venta, y relación con la empresa adquirente. Se reitera la importancia de la Circular N° 158 de 1976.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 381, del 01.02.2000, de la Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos. Director: Javier Etcheberry Celhay. Materia: Tratamiento tributario en la enajenación de acciones.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Inversiones Interamericana S.A. vendió 2.051.924 acciones de AFP Unión en mayo de 1998 a una sociedad no relacionada. Las acciones fueron adquiridas en diferentes fechas entre 1994 y 1997, algunas con más de un año de antigüedad y otras con menos de un año al momento de la venta.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita confirmar si el resultado de la enajenación de acciones adquiridas y vendidas en un plazo inferior a un año debe considerarse en el resultado sujeto al régimen general de Primera Categoría, al no cumplirse los requisitos copulativos del Art. 17 N° 8 letra a) de la Ley de la Renta para ser considerado una operación no habitual.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que, al no cumplirse el requisito de un año entre la adquisición y la enajenación, y al no tratarse de una operación no habitual, el resultado debe gravarse con los impuestos generales de la Ley de la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 17 N...
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