SII - Oficio N°1143 (10-04-2000)
Oficio N°1143 (10-04-2000) del SII
Abstracto
El SII determina que el impuesto a las donaciones (Ley 16.271) se aplica si el donante o donatario tienen domicilio en Chile, independientemente de la ubicación del bien. Si ninguno tiene domicilio en Chile, el impuesto se aplica solo si el bien está en Chile.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 169/99, emitido el 10 de abril de 2000, por el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) a Don Héctor Lehuede Blanlot, sobre la aplicación del impuesto establecido en la Ley N° 16.271 a una donación en el caso que se indica. El antecedente es la presentación del 22 de septiembre de 1999.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII si las donaciones efectuadas en el extranjero, regidas por ley extranjera y que recaen en bienes situados en el extranjero, están afectas en Chile a los impuestos de la Ley N° 16.271, aun cuando alguna de las partes sea chilena o tenga su domicilio en Chile.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si las donaciones efectuadas en el extranjero, regidas por la ley extranjera y que recaen en bienes situados en el extranjero, no quedan afectas en Chile a los Impuestos de la ley N° 16.271, aun cuando algunas de las partes sea chilena o tenga su domicilio en Chile.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante solicita confirmación sobre el criterio de no aplicación del impuesto a las donaciones en el extranjero bajo las condiciones especificadas.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los artículos...
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