SII - Oficio N°1277 (18-04-2000)
Oficio N°1277 (18-04-2000) del SII
Abstracto
El SII determina que la exención del Impuesto Global Complementario para dividendos de acciones de Capitalismo Popular (Ley 18.401) se extingue al pagar el banco su deuda subordinada al Banco Central, afectando a accionistas del Banco Santiago.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 199 del 16 de agosto de 2000, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido a Rodolfo Pfeil Pabst. Materia: Tratamiento tributario de los dividendos distribuidos por empresas bancarias sujetas a la Ley N° 18.401 sobre Capitalismo Popular. C.334.2000 S.D. ANT. Presentación de 21.03.2000, 99.2000 S.N., 51.2000 1.D.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante adquirió acciones del Banco Santiago a través del Capitalismo Popular con crédito Corfo en 1985-1986 y aún paga las cuotas. Hasta el año tributario 1998, el Banco Santiago indicó que los dividendos de estas acciones eran exentos del Impuesto Global Complementario, pero posteriormente los declaró afectos. El banco argumenta que, tras pagar su deuda subordinada al Banco Central, la exención ya no aplica.
• Consultas específicas planteadas al SII: Aclaración sobre la tributación de los dividendos de acciones de Capitalismo Popular del Banco Santiago después de que éste pagó su deuda subordinada al Banco Central.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante considera erróneo el cambio en la tributación de los dividendos, ya que antes eran exentos y ahora se gravan con el Impuesto Global Complementario.
• Doctrina adminis...
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