SII - Oficio N°2172 (01-06-2000)
Oficio N°2172 (01-06-2000) del SII
Abstracto
El SII confirma el criterio tributario del Oficio N° 3.625 de 1995, estableciendo que la diferencia entre el costo tributario de las acciones y los patrimonios tributarios tras una fusión debe integrar los activos no monetarios, afectando su costo tributario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 2.172, del 01.06.2000, emitido por la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes La sociedad anónima cerrada "XX" S.A. es dueña de más del 50% de las acciones de tres sociedades anónimas chilenas, constituyéndose estas últimas como filiales de la primera. Se llevará a cabo una fusión entre las tres sociedades anónimas, subsistiendo "XX" S.A., bajo la forma de fusión por incorporación según el artículo 99 de la Ley 18.046. Producto de la fusión, los activos y pasivos de las filiales incorporadas a la matriz "XX" S.A. serán de un valor inferior al costo corregido por IPC que las acciones de las filiales tendrían en los registros contables de "XX" S.A.. Esto genera una diferencia o menor valor de inversión tributario para "XX" S.A., dado que pagó por las acciones de las filiales un valor superior al patrimonio tributario de estas.
• Consultas específicas planteadas al SII Se solicita confirmar si la diferencia entre el costo tributario corregido de las acciones de las sociedades que desaparecen y los patrimonios tributarios de estas últimas debe formar parte de los activos no monetarios recibidos por "XX" S.A., y si dicha diferencia pa...
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