SII - Oficio N°2439 (23-06-2000)
Oficio N°2439 (23-06-2000) del SII
Abstracto
El SII rechaza la aplicación del beneficio tributario de la Ley 19.622 a créditos hipotecarios bipersonales para viviendas DFL 2, argumentando que la ley favorece solo a personas naturales que adquieren individualmente la propiedad, no a comunidades o copropiedades.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 218, del 23 de Junio de 2000, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Contribuyentes con derecho al beneficio tributario de la Ley N° 19.622.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado remite una presentación consultando si los créditos hipotecarios bipersonales quedan fuera de la franquicia tributaria para propiedades DFL 2, establecida en la Ley N° 19.622. La consulta surge a raíz de dudas sobre si un crédito hipotecario bipersonal se considera una sociedad y, por ende, no califica para el beneficio.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Quedan los créditos hipotecarios bipersonales fuera de los beneficios de la Ley N° 19.622? ¿Es un crédito hipotecario bipersonal una sociedad y dónde se indica esto en la ley?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El abogado del consultante opina que no hay motivos para excluir los créditos hipotecarios bipersonales de los beneficios de la Ley N° 19.622.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículo 1° de la Ley N° 19.622. Artículos 43 N°1 y 52 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. DFL N° 2 de 1959. Artículo 21 bis del DFL N° 251 de 1931. Circular N° 46 del S...
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