SII - Oficio N°2571 (29-06-2000)
Oficio N°2571 (29-06-2000) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio 2571 de 2000, clarifica el tratamiento tributario de indemnizaciones por expropiación. Determina que la indemnización por daño emergente no constituye renta, salvo si el bien expropiado está afecto a impuesto de Primera Categoría.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.571, de 29.06.2000, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre la tributación de la indemnización recibida por la expropiación de un terreno para la construcción del By Pass de Temuco. Una comisión de peritos tasadores designada por el Estado fijó el valor comercial de la expropiación.
• Consultas específicas planteadas al SII: El consultante pregunta si la indemnización es un ingreso no constitutivo de renta según las Circulares N° 19 de 1991 y N° 5 de 1996, por ser fijada por una comisión oficial y si es necesario que el SII ratifique dicho valor. Además, consulta si el mismo criterio aplica a la enajenación de un bien raíz agrícola por una sociedad agrícola que tributa bajo renta presunta y que se acogió voluntariamente a renta efectiva.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El recurrente considera que la indemnización es un ingreso no constitutivo de renta por ser fijado por una comisión oficial ajena al contribuyente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el inciso tercero del N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política del Estado y...
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