SII - Oficio N°3843 (29-09-2000)
Oficio N°3843 (29-09-2000) del SII
Abstracto
El SII rechaza solicitud del Banco del Estado de Chile para sustituir la obligación de informar sobre pagos de créditos de exportación con recursos propios del exportador, manteniendo la exigencia de la Circular N° 31 de 1992 hasta la emisión de una nueva circular.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3843, del 29.09.2000, Subdirección Normativa, Depto. de Técnica Tributaria, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto de Timbres y Estampillas, Art. 24 N° 11, D.L. N° 3.475, de 1980, Circular N° 31, de 1992. Pago del crédito destinado a financiar exportaciones. Autorización para sustituir obligaciones establecida en Circular N° 31, de 1992. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Banco del Estado de Chile solicita al SII que confirme la vigencia del Oficio N° 757, de 15.03.95, el cual autorizaba a otra institución bancaria (Banco O’Higgins) a sustituir la obligación de informar a la Dirección Regional sobre el pago de créditos para exportaciones con recursos propios del exportador. El banco propone sustituir esta obligación por una declaración que quedaría a disposición del SII. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se confirma la vigencia del Oficio N° 757, de 15.03.95, autorizando al Banco del Estado a sustituir la obligación de informar sobre pagos de créditos para exportaciones con recursos propios del exportador, por la exigencia de una declaración? • Argumentos del consultante: Los exportadores no están obligados a retornar la totalidad del producto de sus exportaciones ni a liquidar las divisas en...
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