SII - Oficio N°4622 (29-11-2000)
Oficio N°4622 (29-11-2000) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la correcta declaración de créditos y débitos fiscales por ahorro neto, según el artículo 57 bis de la LIR, tras la Ley 19.578. Aclara tratamiento de depósitos a plazo renovados y su impacto en el cálculo del débito/crédito fiscal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 4622, del 29.11.2000, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El consultante efectúa inversiones financieras acogidas al mecanismo de ahorro neto (depósitos, cuenta 2 AFP, etc.). Debido al cambio de sistema a partir del 01.08.98 y la consideración de la renovación de un depósito como nueva inversión, se generan ahorros netos positivos y negativos de alto valor para períodos anteriores y posteriores a esa fecha, con diferentes coeficientes aplicables (25,5% antes del 01.08.98 y 15% después).
• Consultas específicas planteadas al SII El consultante plantea dos posibles formas de declarar los ahorros netos positivos (ANP) y negativos (ANN), consultando cuál es la correcta: (A) colocar el ANN en la línea 19 y el ANP en la línea 28 del Formulario 22, o (B) imputar una parte del ANP en la línea 19 junto con el ANN, y el resto del ANP en la línea 28.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante considera que la modalidad (A) genera un pago de impuestos aunque las inversiones hayan continuado, afectando más a contribuyentes con menores ingresos por el límite de la base imponible. Además, el ANP disponible para el próximo pe...
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