SII - Oficio N°945 (08-03-2001)
Oficio N°945 (08-03-2001) del SII
Abstracto
El SII dictamina que el suministro de personal para servicios específicos está gravado con IVA, al ser considerado un acto de comercio según el Art. 20 N°3 de la Ley de la Renta. Los fallos judiciales invocados no alteran esta obligación tributaria.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 945, de 8 de marzo de 2001, de la Subdirección Normativa del SII, dirigido al Director Regional de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro. Materia: IVA en contrato de suministro de personal para servicios determinados.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa IIX0000XXKAXXXAXXXXXXXXXXX Ltda. consulta sobre la aplicación del IVA en los servicios de suministro de personal que presta a Frrrrrrrrrrrrrrrr, específicamente para funciones como cajeros externos, digitación y auxiliares administrativos. El cliente solicitó suspender la aplicación del IVA, argumentando que no es un acto de comercio según el Art. 3 N° 7 del Código de Comercio.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está gravado con IVA el suministro de personal para servicios específicos, considerando el argumento del cliente basado en sentencias de la Corte Suprema?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El cliente argumenta que el suministro de personal no es un acto de comercio, basándose en sentencias de la Corte Suprema, y exige facturación sin IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 8° del D.L. N° 825, de 1974 (Ley del IVA), el artículo 2°, N° 2 del mismo dec...
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