SII - Oficio N°4097 (12-10-2001)
Oficio N°4097 (12-10-2001) del SII
Abstracto
El SII ratifica la vigencia de la Circular N° 139 de 1976, que obliga a la Dirección General del Territorio Marítimo a verificar el cumplimiento tributario de los Prácticos de Puertos y Canales, específicamente el pago del Impuesto Único de Segunda Categoría.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio Ordinario N° 4097, de 12 de Octubre de 2001. Materia: Ratifica vigencia obligación de verificar el cumplimiento tributario de los Prácticos de Puertos y Canales autorizados por la Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante Nacional. Artículos 42 N° 1, 69 N° 4, y 74 de la Ley de la Renta.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante Nacional solicita al SII modificar la Circular N° 139 de 1976, que le encarga verificar mensualmente el pago del Impuesto Único de Segunda Categoría por parte de los Prácticos de Puertos y Canales. Argumentan que se ha dificultado la fiscalización debido a que los Prácticos obtienen ingresos adicionales no fiscalizados. Proponen informar mensualmente al SII los ingresos brutos percibidos por los Prácticos.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se puede modificar la Circular N° 139 para reemplazar el control del pago del Impuesto Único de Segunda Categoría por la obligación de informar mensualmente los ingresos brutos de los Prácticos?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Dificultad creciente en la fiscalización del Impuesto Único de Segunda Categoría debido a la existencia de ingresos adi...
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