SII - Oficio N°3973 (04-11-2002)

Oficio N°3973 (04-11-2002) del SII

Abstracto

El SII rechaza la solicitud de un contribuyente casado bajo sociedad conyugal, pero con separación de bienes según el artículo 150 del Código Civil, para acceder al beneficio del Art. 55 bis de la LIR por ser codeudor solidario y no adquirente del bien raíz.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3973, de 04.11.2002, del Depto. Imptos. Directos, Subdirección Normativa del SII.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente reclama la negación del beneficio tributario del artículo 55 bis de la LIR (Ley de la Renta). Argumenta que, aunque está casado en sociedad conyugal, su cónyuge adquirió el bien raíz separada de bienes según el artículo 150 del Código Civil. Su declaración de renta está bloqueada a la espera de la resolución de su reconsideración.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Procede el beneficio tributario del artículo 55 bis de la LIR para el contribuyente, considerando su calidad de codeudor solidario en la adquisición del bien raíz por su cónyuge, quien compró con patrimonio reservado?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente busca que se reconsidere la negación del beneficio tributario, fundamentando su solicitud en los hechos y derechos que expone en su presentación.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: * Ley N° 19.753, de 28 de Septiembre del 2001. * Artículo 55 bis de la Ley de la Renta. * Artículo 43 N°1 de la Ley de la Renta. * Artículo 150 del Código Civil. * Artículos 54, 55, 75...

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