SII - Oficio N°4668 (19-11-2002)
Oficio N°4668 (19-11-2002) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 4668 de 2002, confirma que la tasa máxima del Impuesto de Timbres y Estampillas aplicable a operaciones hipotecarias para la adquisición o construcción de viviendas económicas DFL 2 se mantiene en 0,6%, según Ley N° 18.402.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4668, de 19 de noviembre de 2002, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tasa máxima del Impuesto de Timbres y Estampillas aplicable a operaciones hipotecarias de crédito destinadas a la adquisición o construcción de viviendas D.F.L. 2.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita confirmación de si la tasa máxima del Impuesto de Timbres y Estampillas aplicable a operaciones hipotecarias de crédito para la adquisición o construcción de viviendas económicas se mantiene en 0,6%, conforme al artículo 4° de la Ley N° 18.402.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se mantiene la tasa máxima de 0,6% para el Impuesto de Timbres y Estampillas en operaciones hipotecarias destinadas a viviendas económicas, según el artículo 4° de la Ley N° 18.402, a pesar de las modificaciones introducidas por la Ley N° 19.589 al D.L. N° 3.475?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que la tasa del 0,6% establecida en la Ley N° 18.402 no fue modificada por la Ley N° 19.589.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan el artículo 4° de la Ley N° 18.402; el artículo 1° N° 3 del D.L. N° 3.475; el artículo 12 del D.F.L. N° 2 de 1959; y ...
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