SII - Oficio N°4766 (26-12-2002)
Oficio N°4766 (26-12-2002) del SII
Abstracto
El SII determina que el cobro por acceso de vehículos a ferias para comercializar productos no está gravado con IVA, salvo si existen lugares destinados específicamente al estacionamiento. Se revoca parcialmente criterio de la Dirección Regional.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4766, de 26 de diciembre de 2002. Emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La sociedad XXXXXXXXXXXXXX consulta sobre la aplicación del IVA al pago efectuado por vendedores que ingresan en vehículos motorizados al recinto de una feria para realizar transacciones comerciales. La sociedad basa su consulta en el Oficio Ord. N° 332, de 10-02-97, del SII. XXXXXXXXXXXXXX administra la feria, controlando el acceso de vendedores, compradores, fleteros y vehículos, cobrando una cuota variable según el tipo de vehículo y carga, permitiendo el ingreso y el uso de un sitio para vender productos hortofrutícolas.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se encuentra o no afecto a IVA el pago efectuado por vendedores que ingresan en vehículos motorizados al recinto de la feria para realizar sus transacciones comerciales?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La sociedad XXXXXXXXXXXXXX argumenta que el pago no está afecto a IVA, basándose en el Oficio Ord. N° 332, de 10-02-97, del SII.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan: * Artículo 8° del D.L. N° 825, ...
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