SII - Circular N°23 (21-04-2003)
Circular N°23 (21-04-2003) del SII
Abstracto
La Circular N°23 del SII, de 2003, establece el tratamiento tributario de la bonificación a la contratación de mano de obra en las regiones I, XI, XII y provincias de Chiloé y Palena, según la Ley N° 19.853. Dicha bonificación se considera renta, afecta a impuestos generales, pero no se incluye en los ingresos brutos para el cálculo de PPM.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°23, de 21 de abril de 2003, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario de la bonificación a la contratación de mano de obra en las regiones I, XI, XII y provincias de Chiloé y Palena, dispuesta por la Ley N° 19.853. Esta circular fue derogada por la Circular N° 27 del 3 de junio de 2004.
• Contexto normativo y objetivo: La Ley N° 19.853, publicada en el Diario Oficial el 11 de febrero de 2003, establece una bonificación a la contratación de mano de obra en las regiones I, XI, XII y provincias de Chiloé y Palena. La circular tiene como objetivo dar a conocer el texto de la ley y fijar el tratamiento tributario del beneficio frente a las normas de la Ley de la Renta.
• Alcance y ámbito de aplicación: La bonificación se aplica a empleadores actuales o futuros de las regiones y provincias indicadas, desde el 1 de enero de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2006. Se excluyen trabajadores de casas particulares, el Sector Público, la gran y mediana minería del cobre y del hierro, empresas con participación estatal superior al 30%, empresas mineras con más de cien trabajadores, empresas bancarias, financieras, de seguros, de pesca reductiva, AFP, Isapres, casas de cambio, corredoras de seguros, empleadores que per...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.