SII - Oficio N°2550 (27-05-2003)
Oficio N°2550 (27-05-2003) del SII
Abstracto
El Oficio 2550 del SII, de 2003, aborda la reliquidación del Impuesto Global Complementario (IGC) en el término de giro de una empresa, específicamente respecto a la tasa aplicable a un socio que adquirió derechos durante la existencia de la sociedad.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2550, de 27.05.2003, del Depto. Imptos. Directos, Subdirección Normativa del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre el cálculo de la tasa de Impuesto Global Complementario (IGC) aplicable a un socio persona natural (con el 30% de la empresa) que compró derechos en 2002, en el contexto del término de giro de una sociedad de responsabilidad limitada. El socio actual tiene una tasa de IGC del 43%, mientras que el anterior dueño de esos derechos tenía una tasa promedio más alta de IGC del 15% en los años 2000 y 2001.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo se calcula la tasa aplicable para la reliquidación del IGC en el término de giro: aplicando el 43% del socio actual o promediando con el 15% del antiguo socio?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante plantea la duda sobre si se debe considerar la tasa de IGC del socio actual (43%) o promediarla con la del antiguo socio (15%).
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 38 bis de la Ley de la Renta y la Circular N° 46 de 1990, que imparte instrucciones sobre la reliquidación del IGC en el término de giro.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.