SII - Oficio N°3260 (04-07-2003)
Oficio N°3260 (04-07-2003) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el IVA aplicable a la licitación de una planta faenadora de carne como universalidad jurídica. La venta no está gravada con IVA, salvo que comprenda bienes corporales muebles de su giro o se realice antes de doce meses desde su adquisición.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3260, de 04 de julio de 2003, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a la licitación de una planta faenadora de carne.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El consultante solicita al SII ratificar ciertas conclusiones respecto al tratamiento tributario en el IVA de la licitación pública, como universalidad jurídica, de un inmueble, maquinarias, equipos, vehículos y existencias de una planta faenadora, cuya propiedad pertenece a la Sociedad Agrícola XXXXXXXX, que adquirió el dominio del activo hace más de diez años. Las maquinarias y equipos forman parte del activo fijo de la sociedad y tienen más de un año de antigüedad.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está afecta al IVA la operación de licitación de la planta faenadora? ¿Cómo se trata la venta de vehículos motorizados usados en esta operación?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante sostiene que la operación no está afecta al IVA, salvo por la venta de existencias. Respecto a los vehículos motorizados usados, indica que solo correspondería aplicar el impuesto municipal según el artículo 41, N° 7, de la Ley de Rentas Municipales.
• Doctrina administrativa, normativa y juri...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.