SII - Oficio N°5192 (10-10-2003)

Oficio N°5192 (10-10-2003) del SII

Abstracto

El SII, mediante el Oficio N° 5192 de 2003, establece que las compañías telefónicas, como mandatarias de los portadores de larga distancia, deben emitir notas de crédito y débito relacionadas con los servicios facturados por cuenta de sus mandantes.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 5192, de 10 de octubre de 2003, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Emisión de notas de crédito y débito en servicios de telecomunicaciones de larga distancia prestados por empresas portadoras. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa portadora de tráfico telefónico de larga distancia consulta sobre el procedimiento para la emisión de notas de crédito, dado que las empresas de servicios telefónicos que emiten las boletas y facturas por cuenta de los portadores se niegan a extenderlas, afectando la carga tributaria de los portadores. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el procedimiento adecuado que deben seguir las empresas portadoras para la emisión de notas de crédito cuando existen deducciones a los montos originalmente facturados por servicios de telecomunicaciones de larga distancia, en el contexto del sistema multiportador? • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Las empresas portadoras se ven perjudicadas al no poder emitir notas de crédito por rebajas determinadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, generando descuentos no documentados que afectan su carga tributaria. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el...

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