SII - Oficio N°5295 (21-10-2003)
Oficio N°5295 (21-10-2003) del SII
Abstracto
El SII rechaza la reconsideración de los Oficios N° 2.758/2002 y N° 104/2003, manteniendo el criterio de que el retiro de fondos previsionales de técnicos extranjeros está afecto al Impuesto Único de Segunda Categoría, sin tratamiento especial en la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 5295, de 21.10.2003, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se pronuncia sobre la reconsideración de los Oficios N° 2.758, de 25.07.2002, y N° 104, de 10.01.2003, del SII, relativos a la tributación de retiros de fondos previsionales de trabajadores extranjeros. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un representante de un trabajador mexicano que ha laborado en Chile por 10 años cotizando en una AFP, plantea que al ser trasladado a México y solicitar la devolución de sus fondos, se le exige el pago del Impuesto a la Renta por el monto total ahorrado, aplicando la tasa máxima del 40%. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es correcto el tratamiento tributario aplicado al retiro de fondos previsionales de un trabajador extranjero, considerando que los descuentos previsionales fueron enterados mensualmente y no quedaron afectos al artículo 42 N° 1 y 43 N° 1 de la LIR en su momento? ¿Debería aplicarse el artículo 46 de la LIR en lugar de los artículos 42 N° 1 y 43 N° 1? • Argumentos del consultante: El consultante argumenta que los oficios del SII vulneran los artículos 19 N°s. 20 y 24 de la Constitución Política del Estado, afectando la igual repartición de tributos y el derecho de propiedad, al gravar el retiro de fondos ...
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