SII - Oficio N°5614 (14-11-2003)

Oficio N°5614 (14-11-2003) del SII

Abstracto

El SII rechaza la solicitud de devolución de Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) pagado por un crédito usado para refinanciar deudas de exportación, argumentando que la exención del Art. 24 N°11 del DL 3475 no aplica a refinanciamientos.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 5614, de 14 de noviembre de 2003, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la solicitud de devolución de Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) pagado indebidamente.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa solicita la devolución del ITE pagado el 8 de enero de 2003 por un nuevo crédito en dólares (US$XX) a tres años, argumentando que refinanció con él dos créditos sindicados anteriores destinados al financiamiento de exportaciones de cobre, oro y plata, los cuales estaban exentos del ITE según el N°11 del artículo 24 del DL 3475.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Procede la devolución del ITE pagado por el nuevo crédito, considerando que se usó para refinanciar créditos de exportación exentos?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La empresa basa su solicitud en el Oficio Ord. N° 544, de 12 de febrero de 2003, del SII, específicamente en lo que respecta a la exención del N°11 del artículo 24 del DL 3475.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: * Artículo 1°, N°3, del DL N°3.475, de 1980 (Ley de Timbres y Estampillas). * Artículo 24, N°11, del DL N°3.475, de 1980. * Circular N°31, de 1992, del SII (sobre documento...

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