SII - Oficio N°6237 (10-12-2003)
Oficio N°6237 (10-12-2003) del SII
Abstracto
El Oficio 6237 del SII, de 10.12.2003, establece que el costo tributario en la venta de derechos sociales por personas naturales sin contabilidad se determina según el valor libro, sin incluir utilidades de filiales no distribuidas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 6237, de 10.12.2003, del Departamento de Impuestos Directos, Subdirección Normativa, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un contribuyente participa en la venta de derechos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada que tributa en renta efectiva. El patrimonio tributario de la sociedad es de aproximadamente $200.000.000. Si se aplicara el valor proporcional de las utilidades (VPP) de las filiales, el patrimonio aumentaría a $500.000.000.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Al determinar el valor libro de los derechos sociales, se pueden agregar las utilidades generadas por las filiales que no han sido distribuidas a la sociedad cuyos derechos se venden, sino solo reconocidas financieramente como VPP?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante se basa en el artículo 41 N° 13, inciso tercero de la Ley de la Renta (LIR) para determinar el costo de los derechos sociales.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII El SII cita el artículo 41 de la LIR, específicamente el N° 9 del inciso primero, el inciso tercero y el inciso cuarto.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El costo tributario de la enajenac...
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