SII - Oficio N°933 (17-02-2004)
Oficio N°933 (17-02-2004) del SII
Abstracto
El SII rechaza solicitud de exención de IVA en la importación de un dispositivo para implante coclear para una menor, indicando que la exención para 'socorro' aplica solo a corporaciones, fundaciones o universidades, y la calificación de 'socorro' compete al Servicio Nacional de Aduanas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 933, de 17 de febrero de 2004, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la importación de dispositivo para implante coclear.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se solicita exención de IVA en la importación de un dispositivo para implante coclear desde Estados Unidos para una niña de cuatro años con Síndrome de Down y sordera profunda bilateral. El costo del dispositivo es de US$ 13.515, financiado por la Municipalidad de XX, Isapre XX, Hospital XX, y fondos familiares. La importación está en almacén particular desde el 17 de diciembre de 2003.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita la exención del pago de IVA en la importación del dispositivo, argumentando que debe ser calificada como de 'socorro'.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se argumenta que la importación debe ser calificada como de 'socorro' debido a su objetivo de mejorar la calidad de vida de la niña y a las diversas fuentes de financiamiento.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 8°, letra a), del D.L. N° 825, de 1974, que grava con IVA las importaciones. También cita el inciso segundo del N° 7, de la letra B), del artícu...
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