SII - Oficio N°1119 (04-03-2004)
Oficio N°1119 (04-03-2004) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 1119 de 2004, se pronuncia sobre la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas para el Ministerio Público en el giro de cheques y otros documentos, requiriendo que este actúe como sujeto pasivo de derecho para aplicar la exención.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1119, de 4 de marzo de 2004, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Exención de Impuesto de Timbres y Estampillas respecto de documentos que autorice u ordene el Ministerio Público.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio Público consulta sobre la procedencia de la exención del pago del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) en general, y específicamente respecto del giro de cheques y cualquier otro giro, cargo o traspaso de fondos que autorice u ordene respecto de las cuentas corrientes que mantiene en el Banco para depositar dineros incautados.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es el Ministerio Público, como organismo público, beneficiario de la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas que establece el Decreto Ley N° 3.475 de 1980, en su artículo 23 N° 1, para las actuaciones y documentos descritos en el artículo 1 de dicho decreto ley?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El Ministerio Público argumenta que, al ser un organismo autónomo del Estado sujeto a la Ley de Administración Financiera del Estado, se entendería comprendido en la exención del ITE.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Decreto Ley N° 3.475 de 19...
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