SII - Oficio N°3492 (22-07-2004)
Oficio N°3492 (22-07-2004) del SII
Abstracto
El SII rechaza solicitud de reconsideración sobre exención tributaria a donaciones a fundaciones, reafirmando que solo aplica a entidades de beneficencia pública regidas por el Código Civil y, para las extranjeras, con autorización para operar en Chile. Oficio N° 3.492, de 2004.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3.492, de 22.07.2004, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria. Materia: Impuesto a la Herencia, Asignaciones y Donaciones, Ley N° 16.271, Decreto Ley N° 359, Art. 5°. Solicita reconsideración del Oficio N° 5.383, de 28.10.2003.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita la reconsideración del Oficio N° 5.383, que interpreta el artículo 5° del Decreto Ley N° 359, de 1974, sobre la exención de impuestos a donaciones a fundaciones de beneficencia.
• Consultas específicas planteadas al SII: El consultante pide aclarar: a) Si la exención del artículo 5° del Decreto Ley N° 359 es aplicable a todo tipo de fundaciones o corporaciones benéficas, tanto de derecho privado como público. b) Si la exención es aplicable a corporaciones o fundaciones constituidas en Chile o en el extranjero, independientemente de si estas últimas tienen autorización para operar en Chile.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que la exención debería aplicar a todo tipo de fundaciones benéficas, tanto de derecho privado como público, y a las constituidas en Chile o el extranjero, con independencia de la autorización para operar en Chile. ...
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