SII - Oficio N°241 (26-01-2005)
Oficio N°241 (26-01-2005) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del Convenio Chile-Brasil para evitar la doble tributación en el transporte aéreo. Confirma que el convenio es aplicable, pero exige contabilidad para determinar ingresos amparados y no exime de otras obligaciones tributarias.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 241, de 26.01.2005, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Normas Internacionales. Se refiere a la aplicación del Convenio para evitar la doble tributación suscrito entre Chile y Brasil a las actividades de una empresa de transporte aéreo.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa consultante, XXXXXX S.A., es una compañía de transporte aéreo residente en Brasil que ha iniciado operaciones en Chile. La consulta se refiere a la aplicación del Convenio Chile-Brasil y los libros legales que la empresa debe llevar en Chile.
• Consultas específicas planteadas al SII: La empresa requiere confirmación sobre la aplicabilidad del Convenio para evitar la doble tributación entre Chile y Brasil a sus operaciones y qué libros legales debe mantener y timbrar en Chile para cumplir con las regulaciones locales.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el texto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Convenio para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto a la renta suscrito entre Chile y Brasil (artículos 1, 4, 8 y 27).
* Convenio para evitar la doble tributación de la rent...
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