SII - Oficio N°3438 (18-12-2012)
Oficio N°3438 (18-12-2012) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 3438 de 2012, indica que la verificación de si un inmueble arrendado cuenta con instalaciones que posibiliten una actividad comercial o industrial, y por tanto esté gravado con IVA, requiere fiscalización en terreno por la Dirección Regional competente.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3438, de 18.12.2012, de la Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos del SII.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad inmobiliaria construyó un edificio para el arriendo de oficinas y locales comerciales, dotándolo de instalaciones básicas y específicas para actividades comerciales (vitrinas, estructura para publicidad, sistema eléctrico trifásico, extracción de basura, habilitación comercial). El certificado de recepción definitiva de obras indica destino "Servicio-Comercio".
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si las instalaciones contenidas en los locales comerciales son de aquellas que exige el artículo 8 letra g) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios para la configuración del hecho gravado con IVA.
• Argumentos del consultante: El recurrente considera que las instalaciones cumplen con el supuesto del artículo 8 letra g) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, estando afectas a IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 8 letra g) del D.L. 825, de 1974.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Para que el arrendamiento de un bien inmueble esté gravado con IVA, debe estar dotado de bienes corporales muebles o ...
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