SII - Oficio N°2540 (27-09-2023)
Oficio N°2540 (27-09-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2540 de 2023, reitera que los servicios prestados a la Polla Chilena de Beneficencia, necesarios para su giro, se encuentran exentos de IVA según el artículo 13 N° 8 de la LIVS, incluso tras la modificación del concepto de servicio por la Ley 21.420.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2540, de 27.09.2023, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del SII. Materia: Exención de IVA según el artículo 13 N° 8 de la LIVS a servicios prestados a la Polla Chilena de Beneficencia.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII si los servicios prestados a la Polla Chilena de Beneficencia están afectos a IVA, considerando la nueva definición de 'servicio' introducida por la Ley N° 21.420.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Los servicios prestados a la Polla Chilena de Beneficencia deben afectarse con IVA, conforme al artículo 13 N° 8 de la LIVS y la nueva definición de servicio del artículo 2 N° 2 de la misma ley?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 2 N° 2 y el artículo 13 N° 8 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS). Se menciona el Oficio N° 45 de 2000 del SII.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: A pesar de la modificación del concepto de servicio por la Ley N° 21.420, las exenciones existentes, como la del artículo 13 N° 8 de la LIVS, no fueron modificadas. Esta exención libera de IVA a los in...
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