SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.130.3362.004

¿Están afectas con IVA las empresas dedicadas a viajes de turismo en embarcaciones marítimas?

Abstracto

La consulta tributaria sobre IVA en empresas de turismo marítimo se responde afirmativamente, basándose en el Artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Sin embargo, se hace la salvedad del Artículo 36, inciso 6°, de la misma ley. La actividad de turismo es un hecho gravado.

Resumen

Sí, ya que la actividad de turismo es un hecho gravado con Impuesto al Valor Agregado (IVA), de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.  

Lo anterior, sin perjuicio de la situación especial señalada en el Artículo 36, inciso 6°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 924 de 1999....

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