SII Preguntas Frecuentes - Pregunta Frecuente 001.130.5028.004
¿Cuál es la tributación que afecta a las agencias de viajes?
Abstracto
Las agencias de viajes tributan bajo renta efectiva con contabilidad completa, afectas a Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario/Adicional, además de IVA. Esto se fundamenta en el Artículo 20 N° 4 de la LIR y Artículos 8 y 2 N° 2 de la LIVS, según Oficios 2602/1985, 68/1997 y 2451/2007, que definen su actividad como de primera categoría.
Resumen
Las agencias de viajes prestan servicios que provienen del desarrollo de una actividad comprendida en el N° 4, del artículo 20, de la LIR, por lo tanto, tributan en base a renta efectiva con contabilidad completa afecta a Impuestos de Primera Categoría y Global Complementario o Adicional, según corresponda, además con Impuesto al Valor Agregado (IVA), según lo dispuesto en los artículos 8 y 2, N° 2, de la LIVS.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia Administrativa, Oficio N° 2602 de 1985, Oficio N° 68 de 1997 y Oficio N° 2451 de 2007....
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